¿Cómo afecta la Ley 21.327 a los establecimientos educacionales?
A contar del 28 de junio de 2023 los empleadores estarán a llevar los siguientes registros en el sitio de la DT:
- Registrar la asistencia de los trabajadores
- Registrar los permisos otorgados a los trabajadores
- Registrar el feriado legal de los trabajadores
- Registrar las licencias médicas de los trabajadores
Para cumplir con estos compromisos el empleador contará con 15 días desde que culmina el hecho correspondiente. Según cada caso deberá considerar:
- Para el registro de asistencia son 15 días desde el término del mes correspondiente. Debe individualizar
- Para el registro de licencias, feriado legal y permisos deberá considerar 15 días a contar del termino respectivo.
¿Cómo prepararse para cumplir estas obligaciones?
- Si su gestión de recursos humanos y remuneraciones es interna: Revise con el responsable si dispone de la información requerida y si le sería fácil o difícil elaborar los formatos solicitados por la DT. En caso que no estén preparados pueden tomar medidas para comenzar a preparar los formatos requeridos.
- Si su gestión de recursos humanos y remuneraciones es externa: Averigüe con cada uno de ellos si tienen contemplado apoyarles a cumplir con estos requerimientos. En caso que su proveedor no se encuentre preparado y no tenga medidas concretas para apoyarlo considere la posibilidad de cambiar de proveedor. Un ejemplo sencillo puede ser en el caso que cuente con una solución de control de asistencia, este proveedor debería poder entregarle los informes ya procesados listos para subir a la DT o incluso enviarlos de forma automática.