Remuneraciones Ley SEP ¿Cómo respaldarlas?

24-10-2022 02:23 PM Comentario(s) Por Jonathan Santander Meneses

Reglas y recomendaciones

Según el artículo 8 bis de la ley 20.248, el sostenedor pude contratar docentes, asistentes o el personal necesario para mejorar las capacidades técnico pedagógicas, que permitan diseñar, implementar, monitorear y evaluar el PME. Con el mismo fin puede aumentar horas a funcionarios ya contratados o contratar servicios externos de Asistencia Técnica Educativa (ATE). En este artículo analizaremos lo relativo a las contrataciones, sea de personal nuevo o aumento de horas al personal existente.


Reglas para contrataciones Ley SEP - PME

  1. Las contrataciones, incrementos y aumentos de horas deberán estar vinculados a las acciones y metas especificas del Plan de Mejoramiento
  2. No pueden superar el 50% de los recursos que perciba por Ley SEP, a menos que en el PME se justifique un porcentaje mayor.
  3. Evitar el uso de los recursos SEP para funciones vinculadas con el normal funcionamiento del establecimiento
  4. Esta prohibido el pago de asignaciones que poseen financiamiento especifico (ej. Ley 19.933, SNED, etc.)
  5. En el caso de las asignaciones como BRP y Tramo se pueden usar los recursos SEP sólo en la parte que es de cargo del sostenedor
  6. Los conceptos remuneracionales, legales u acordados deben ser proporcionales a las horas de contrato
  7. Sólo el bono de incentivo al desempeño, sujeto a reglamento de cumplimiento de metas, puede pagarse sin considerar la proporción de horas

Fuente: dictamen 41, Superintendencia de Educación

Recomendaciones para respaldar documentalmente contrataciones SEP

  1. Especificar en el contrato la acción o meta para la que se contrata
  2. Si es extensión o aumento de horas a un funcionario existente cree el anexo de contrato respectivo
  3. Evite complejidades administrativas como dar X horas para una acción e Y horas para otra acción. En este caso es recomendable especificar objetivo o dimensión
  4. Si un funcionario recibe horas SEP y tiene un contrato o anexo de contrato y luego cambia la acción o la acción deja de existir vuelva a crear un anexo de contrato que especifique las modificaciones
  5. Asegúrese que las horas SEP entregadas estén respaldadas por informes y evidencias

Respaldo o evidencias mínimas

  1. Solicitud de la contratación, con la justificación de la misma
  2. Liquidaciones de sueldo firmadas por el trabajador
  3. Contratos, anexos y carpeta con antecedentes (idoneidad, hoja de vida)
  4. Pago de cotizaciones previsionales
  5. Finiquitos firmados por ambas partes (no olvide que la fiscalización es 1 o 2 años posteriores al desembolso de las remuneraciones)
  6. Comprobante de transferencia bancaria, o el cheque cobrado o cartola bancaria
  7. Para pagos en efectivo debe existir comprobante interno del pago en efectivo firmado por ambas partes
  8. Informe de actividades realizadas o programación del taller, dependiendo del caso (semestral o mensual)
  9. Lista de participantes (en caso de horas para talleres, reforzamiento o similares)

A continuación ponemos a disposición un formato tipo, a modo de sugerencia, para completar mensualmente. Este puede ser complementado con las bases de datos del personal utilizando la técnica de combinación de correspondencia.

Jonathan Santander Meneses

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